El pasado 20 de mayo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado una disposición del Código Penal del Estado de Guerrero que eximía de responsabilidad penal a padres, madres o tutores que obligaran a menores de edad a someterse a “terapias de conversión”, también conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG).
La decisión fue tomada por unanimidad en el Pleno de la SCJN, eliminando el último párrafo del artículo 177 Ter del Código Penal de Guerrero, que establecía que “quedan exceptuados de este tipo penal los padres de familia y/o quienes ejerzan…”.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien participó en la votación, dio unas declaraciones tras la decisión. “La terapia de conversión es una forma de violencia”, comentó.
Con esta resolución, el Congreso de Guerrero deberá eliminar el apartado que exceptuaba a los padres y tutores de responsabilidad penal en casos de ECOSIG, alineándose con la postura federal que prohíbe estas prácticas.
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